La figura de los Socios Directores es algo indeterminada y suele depender del tamaño del despacho, ahora bien, dar cabida a profesionales que no son abogados, ¿podría ser una buena elección?
Recientemente The Lawyerist publicaba un artículo en el que hablaban de una fuerte tendencia en los despachos de abogados en Washington a contratar como Socios Directores a profesionales “no abogados”.
Miguel Angel Pérez de la Manga en 2011, ya trató este tema hablando sobre el fichaje de Dars Dalgren, licenciado en Administración y Dirección de Empresas y Geografía Económica, como Director General de Clifford Chance en España. Cómo señalaba el artículo publicado por Expansión: “Descargará de las tareas diarias de gestión al socio director Ignacio Ojanguren, que es quien realizaba estas tareas y que a partir de ahora podrá centrarse más en el ejercicio de la abogacía y la dedicación de clientes.”
En base a lo anterior es posible que se plantee la siguiente cuestión, si al Socio Director se le descarga de las tareas de gestión, ¿qué le diferencia, en el día a día, de un Socio más?. Como hemos dicho, existen varios perfiles de Socios Directores, la mayoría de las veces dependiendo del tamaño del despacho: por un lado, están aquellos que dejan de lado el ejercicio de la abogacía como tal, dedicándose fundamentalmente a la gestión del despacho, y por otro los que siguen teniendo la abogacía como su actividad principal, así como la captación de clientes y su actividad de gestión se limita a la toma de decisiones de aquellas cuestiones que se le plantean.
Dotar a una firma de una figura de Director General que reduzca la carga de gestión al Socio Director es dar al despacho una imagen más propia de una multinacional que de una empresa de Servicios Profesionales, lo que no tiene porque estar mal, e incluso puede ser beneficioso en muchos aspectos.
El punto de inflexión a esta pregunta puede residir, como publicó Luis López de Castro en LegalToday, en que “un líder nace y un buen gestor se hace”. Quizás la figura del Socio Director abogado y desligado, en cierto punto, de la gestión puede ser justificada por la necesidad de un líder. Ahora bien, volviendo a la publicación mencionada, “la Gestión es el proceso de control de distintos factores de la organización, mientras que el liderazgo es la responsabilidad de guiar a la mayoría.” Esto explica la necesidad de conexión entre ambas habilidades; “un administrador eficaz debe poseer habilidades de liderazgo, y un líder eficaz debe mostrar habilidades de gestión”.
Entendiendo lo anterior, es lógico pensar que el Socio Director debe ser un líder con habilidades en gestión, pero también, que una figura paralela experta en gestión puede ser un soporte fundamental que de una visión global y empresarial, a la que quizás a un abogado, le pueda costar llegar.
Sandra Cuesta
Business Development, Marketing & Communications at Allen & Overy
www.sandracuesta.com